TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 182/88 --------------------------------- ARTICULO 1.- Modifícase el Articulo 201º de la Ordenanza Fiscal, apartado Dere- ------------ chos de Oficina, que quedar redactado de la siguiente manera: "DERECHOS DE OFICINA: a.- Los estados nacionales, provinciales y otras municipalidades a sus organismos autárquicos y a las empresas o sociedades de propiedad estatal.- b.- Las instituciones religiosas.- c.- Las instituciones benéficas/culturales.- d.- Asociaciones mutualistas.- e.- Personas de escasos recursos por las actuaciones en las que tramiten la exención.- f.- Los establecimientos educacionales no oficiales, reconocidos, autorizados e incorporados al Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires.- g.- Las personas mayores de sesenta (60) años, en las actuaciones municipales en que solicitan renovación anual de licencias del conductor, del cincuenta por ciento (50%) de la tasa respecti- va".---------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los veintiséis días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho. FIRMADO: Carlota A. Alvarez de Rodríguez - PRESIDENTA - Juan José Troya - SECRE-TARIO.--------------------------------------------------------------------------